La ITE en Madrid vuelve a estar en el punto de mira de miles de comunidades de propietarios. Cada año, una nueva remesa de edificios alcanza la edad que obliga a pasar la inspección técnica, y en los últimos meses el Ayuntamiento ha intensificado los requerimientos a los inmuebles que acumulan retraso. Conocer el calendario, el procedimiento y las consecuencias de no cumplir es la mejor manera de evitar sustos, sanciones y obras de urgencia.
En pocas palabras: En Madrid, los edificios deben pasar la inspección técnica al cumplir 30 años y renovarla cada 10, integrada hoy en el informe de evaluación de edificios (IEE). No presentarla a tiempo puede acarrear multas, requerimientos y hasta la ejecución subsidiaria de las obras por el Ayuntamiento.
Cómo funciona la ITE en Madrid
La inspección técnica de edificios es el reconocimiento periódico que un técnico competente realiza sobre los elementos que afectan a la seguridad y a la salubridad del inmueble: estructura, fachadas y otros elementos con riesgo de desprendimiento, cubiertas, y redes de fontanería y saneamiento. En la capital está regulada por la ordenanza municipal de conservación de la edificación y se tramita hoy de forma integrada con el informe de evaluación de edificios, que añade a la parte de conservación la evaluación de accesibilidad y la certificación energética.
El resultado se presenta ante el Ayuntamiento y queda inscrito en el registro correspondiente. Si es favorable, el edificio queda al día hasta la siguiente inspección; si es desfavorable, se abre un proceso de subsanación con plazos concretos.
El calendario: cuándo toca pasar la inspección
La regla general en Madrid es sencilla de recordar:
- Primera inspección: al cumplir el edificio 30 años de antigüedad.
- Renovaciones: cada 10 años a partir de la primera, de forma indefinida.
- Edificios requeridos: el Ayuntamiento puede exigir la inspección en cualquier momento si detecta indicios de deterioro.
Esto significa que este 2026 están llamados a su primera inspección, con carácter general, los edificios terminados en 1996, mientras que los que pasaron su última ITE en 2016 deben renovarla. La fecha de referencia y el estado de cada expediente pueden consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Nuestro consejo: no esperar al último trimestre, porque la demanda de técnicos se concentra a final de año y los plazos se estrechan.
Conviene recordar, además, que la obligación recae sobre la propiedad del inmueble: en las comunidades de propietarios es la propia comunidad quien debe tomar la iniciativa, acordar el encargo en junta, elegir técnico y custodiar el resultado. Esperar al requerimiento municipal es empezar la casa por el tejado, porque los plazos administrativos siguen corriendo mientras la comunidad delibera. La experiencia demuestra que los edificios que planifican la inspección con un año de margen la superan con menos obras y menos gasto.
Claves del artículo
- Primera ITE a los 30 años del edificio y renovación cada 10, integrada en el IEE.
- Un resultado desfavorable obliga a subsanar las deficiencias en plazo y a acreditarlo ante el Ayuntamiento.
- No pasar la inspección puede suponer multas, órdenes de ejecución y ejecución subsidiaria con cargo a la propiedad.
- Anticiparse permite elegir técnico con calma, planificar las obras y acceder a ayudas.
Resultado desfavorable: qué obligaciones genera
Un dictamen desfavorable no es el fin del mundo, pero sí el inicio de un procedimiento reglado. El informe identifica las deficiencias, las clasifica según su gravedad y fija plazos para corregirlas: las que afectan a la seguridad inmediata —por ejemplo, riesgo de desprendimientos en fachada— exigen medidas cautelares urgentes, mientras que el resto se ordena en actuaciones programadas. Una vez ejecutadas las obras, un técnico certifica la subsanación y el edificio recupera el estado favorable.
Sanciones y riesgos de llegar tarde
Incumplir el deber de inspección tiene consecuencias en tres frentes. El administrativo: requerimientos y multas que pueden reiterarse mientras persista el incumplimiento. El patrimonial: si la propiedad no actúa, el Ayuntamiento puede dictar órdenes de ejecución e incluso realizar las obras de forma subsidiaria, repercutiendo después el coste íntegro a los propietarios. Y el civil: ante un incidente —una cornisa que cae, una bajante que revienta—, la falta de ITE agrava la responsabilidad de la comunidad frente a terceros y complica la posición ante la aseguradora.
«La ITE no se aprueba la semana de antes: los edificios que llegan bien a la inspección son los que se mantienen todo el año.»
Cómo prepararse con tiempo
La mejor estrategia es tratar la inspección como una oportunidad y no como un trámite. Encargar el informe con antelación permite detectar deficiencias menores antes de que escalen —en la línea de lo que contamos en nuestro artículo sobre prevención de patologías estructurales—, presupuestar las obras sin urgencias y estudiar las ayudas disponibles para rehabilitación.
También ayuda preparar la documentación con antelación: planos si se conservan, actas con obras aprobadas, facturas de reparaciones anteriores y el resultado de inspecciones pasadas. Cuanta más información reciba el técnico, más afinado será el diagnóstico, menos catas adicionales harán falta y más fácil resultará presupuestar las obras que puedan derivarse del informe.
En CREE realizamos informes de evaluación de edificios e ITE en Madrid y, si el resultado exige obras, las ejecutamos con nuestro propio equipo y nos ocupamos de los trámites municipales a través de la gestión administrativa de licencias. Un solo interlocutor desde la inspección hasta el certificado de subsanación.
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